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A. 207/06
Salvamento de votoAuto A. 207/061 de agosto de 2006

Salvamento de voto

MagistradoJaime Araujo Rentería

Tema de la sentencia: Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1133/05 Por Considerar Que La Decision De La Sala De La Corte Incurrio En Una Irregularidad Que Afecta El Debido Proceso, Irregularidad Significativa Que Influyo Directamente Y De Forma Sustancial En La Decision Adoptada, Pues Desconocio Que El Articulo 67 De La Ley 50 De 1990 Derogo El Articulo 40 Del Decreto 2351 De 1965 E Ignoro La Existencia De La Resolucion No.002785 Del 27 De Diciembre De 2000 Con La Que El Ministerio Del Trabajo Y Seguridad Social Califico Como Despido Colectivo La Desvinculacion De Trabajadore Oficiales De La Previsiora S.A. Término Para La Presentación De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Lo Que Se Pretende Con El Incidente Es Revivir Un Debate Sobre Los Mismos Puntos, Que Ya Fue Zanjado En La Sentencia. No Es Ese El Fin Del Incidente De Nulidad. Por Otra Parte, Es Claro Que La Demandante No Comparte Las Consideraciones De La Sala De Revisión. Pero El Hecho De Que Ella No Participe De Las Conclusiones De La Sentencia No Significa Que Ella Deba Ser Declarada Nula. Negada

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

SALVAMENTO DE VOTO AL AUTO No. 207 DE 2006 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIAReferencia: solicitud de nulidad de la Sentencia T-1133 de 2005, proferida por la Sala Tercera de RevisiónMagistrado Ponente:Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA Con el acostumbrado respeto por las decisiones mayoritarias de esta Corporación, me permito presentar Salvamento de Voto a este Auto, ya que en mi concepto, procedía la nulidad de la sentencia T-1133 de 2005, por cuanto a mi juicio, ésta desconoce la jurisprudencia en materia de tutela contra sentencias judiciales.Por esta razón, disiento de la presente decisión y considero que ha debido prosperar la solicitud de nulidad impetrada.Fecha ut supra,JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- M.P. Alejandro Martínez Caballero. Salvaron su voto los magistrados Eduardo Cifuentes Muñoz, Vladimiro Naranjo Mesa y Álvaro Tafur Galvis. La sentencia T-748 de 2005, M.P. Clara Inés Vargas Hernández, se pronunció sobre una demanda similar elevada contra La Previsora S.A., por causa de los despidos en el año 1999. La demanda se diferenciaba de la presente únicamente en el hecho de que en ninguna de las instancias obtuvo un fallo favorable. La sentencia negó las pretensiones de la demanda y contó con el